I-54 LIBRO COLECCIONISTA ARMAS

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Descripción

Las armas de fuego antiguas, históricas o artísticas sus reproducciones y asimiladas, susceptibles o no de hacer fuego, y de las armas sistema “Flobert” (utilizan como propulsor del proyectil sólo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego) no precisarán licencia de armas cuando se encuentren inscritas en los libros de registro y se conserven en museos o en armeros de los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística que hayan sido reconocidos como tales en materia de armas, si bien está prohibido su uso.
Estos reconocimientos se efectuarán a solicitud de los interesados (personas físicas o jurídicas) por la Dirección General de la Guardia Civil, con objeto de determinar la adecuación y eficacia de las medidas de seguridad de los inmuebles y armeros donde se custodian las armas.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes del libro de coleccionista se presentarán en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado.