MOD.17 Libreta de tiro

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Descripción

Con la concesión de la licencia de armas al personal de seguridad privada se le hace entrega de una cartilla de tiro, debidamente diligenciada, la cual es personal e intransferible. Estará en poder de la empresa y será entregada a su titular al causar baja en la misma.

Los Jefes de seguridad deben anotar en las cartillas de tiro los resultados obtenidos por los vigilantes. Las puntuaciones las recibirán de los instructores de tiro que confeccionaron las relaciones de los participantes. En el plazo máximo de 10 días deberán remitir las cartillas al supervisor de la Guardia Civil para que les sea estampado el visto bueno.